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Especificaciones particulares y proyectos tipo de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.

Publicado: 22 de enero de 2020 Categoría: Novedades técnicas

Resolución de 22 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueban especificaciones particulares y proyectos tipo de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.

Especificaciones particulares y proyectos tipo de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.

 Vista la solicitud de 14 de diciembre de 2018, firmada por D. Guillermo Allende Aranguiz y por Francisco Javier Arriola Alcíbar, presentada ante esta Dirección General el 18 de diciembre, en nombre y representación distribución i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U (en adelante i-DE), con domicilio en Bilbao, Avenida San Adrián, 48 (Código Postal 48033), en la que se solicita la aprobación de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo recogidas en el Anexo I de esta resolución, así como la anulación de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo recogidas en el Anexo II de esta resolución.

Considerando los artículos 12 y 14 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión (RAT) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITCRAT 01 a 23,

Considerando los artículos 13 y 15 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión (LAT) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09,

Considerando el artículo 14 del Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.,

Vistas las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo presentados en la edición indicada en el Anexo I de esta resolución,

Visto el certificado de 14 de diciembre de 2018, firmado por D. Guillermo Allende Aranguiz, en calidad de técnico competente, en el que se certifica el cumplimiento de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo presentados con las exigencias técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial, recogidos en el Anexo I,

Realizada la consulta pública, se han recibido alegaciones de:

– Comunidad Autónoma de Extremadura,

– Comunidad Autónoma de Valencia,

– PEMSA Cable Management S.A.,

– Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME),

– Particular,

Considerando las alegaciones recibidas, dando traslado de las mismas a i-DE, así como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (en adelante CNMC),

Evaluadas las alegaciones presentadas y las respuestas de i-DE a las mismas por esta Dirección General y por la CNMC, se ha procedido a un proceso de revisión de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo de i-DE, tras el cual, i-DE presenta una nueva versión de las mismas, recogidas en el Anexo III de esta resolución,

Vista la nueva versión presentada de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo, los cuales incluyen los comentarios derivados del proceso de revisión mencionado en el párrafo anterior. 

Visto el certificado de 1 de agosto de 2019, firmado por D. Guillermo Allende Aranguiz, en calidad de técnico competente, en el que se certifica el cumplimiento de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo presentados en su nueva versión con las exigencias técnicas y de seguridad reglamentarias establecidas,

Visto los correspondientes informes técnicos del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial relativos a la nueva versión de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo presentados, recogidos en el Anexo III,

Realizada la petición de informe a la CNMC, preceptivo para las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo a los que les es de aplicación el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, y facultativo para el resto de Proyectos Tipo y Especificaciones Particulares, sin que se haya emitido informe por la CNMC en lo relativo a las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo cuyo informe no era preceptivo,

Considerando el informe emitido por la CNMC en fecha de 13 de noviembre de 2019,

Esta Dirección General ha resuelto:

 

Primero.

Aprobar las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo, en la edición y fecha indicadas en el Anexo III, sustituyendo a las ediciones anteriores de las mismas de acuerdo a lo indicado en dicho anexo.

Segundo.

Derogar las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo, en la edición indicada en el Anexo II.

Tercero.

Las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo aprobados serán de aplicación para las instalaciones de distribución de energía eléctrica de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U, que se construyan a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, con independencia de que sean construidas directamente por la empresa o por terceros que cedan su explotación y titularidad, todo ello sin perjuicio de la prevalencia de la legislación en materia eléctrica y de seguridad industrial vigente en cada momento.

Cuarto.

Con independencia de la difusión que de las Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo aprobados mediante la presente resolución pudiera llevar a cabo i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U, se podrá acceder libremente al contenido de los mismos en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Quinto.

Esta aprobación tendrá los siguientes considerandos:

– No se puede entender contenida en esta aprobación cualesquier norma o documento referenciado en el documento aprobado.

– La aplicación de estos documentos no podrá incluir condicionantes de tipo económico o administrativo, así como protecciones adicionales a las exigidas reglamentariamente, que supongan una carga para el titular de la instalación privada. Así mismo, no se podrá exigir sobredimensionamientos de la instalación técnicamente no justificados, salvo aquellos derivados de la utilización de las series normalizadas de materiales.

– Esta aprobación no supondrá un inconveniente a futuros desarrollos tecnológicos que impliquen la utilización de otras soluciones técnicas, siempre y cuando quede justificada la necesidad y conveniencia del mencionado cambio, en el correspondiente Proyecto específico a presentar. Igualmente, esta aprobación se realiza sin perjuicio de que la compañía deba adaptar estas normas a los posibles requerimientos de la autoridad competente con objeto de armonizar las especificaciones particulares de las compañías eléctricas.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», estableciéndose un periodo transitorio de 6 meses desde la entrada en vigor, en el que se podrán seguir aplicando Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo anteriormente vigentes.

Esta resolución no será de aplicación a las solicitudes de puesta en servicio de instalaciones presentadas antes de su entrada en vigor en la administración competente o en la empresa distribuidora i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. Para la puesta en servicio de estas instalaciones, así como de aquellas que durante el periodo transitorio establecido en el párrafo anterior hubieran iniciado el procedimiento de solicitud de nuevo suministro o ampliación de uno existente ante la citada distribuidora, o en su caso, el procedimiento de autorización establecido por la legislación sectorial, podrán seguir aplicándose las Especificaciones Particulares y Proyectos tipo actualmente vigentes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 22 de noviembre de 2019.–El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Galo Gutiérrez Monzoní.

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